Calculadora IGV Peru
Calcula el IGV (18%) en Peru: agrega o quita impuesto a cualquier monto.
Base gravable
S/ 1.000,00
IGV (18%)
S/ 180,00
Total con IGV
S/ 1.180,00
| concepto | Tasa | Cantidad |
|---|---|---|
| Base gravable | - | S/ 1.000,00 |
| IGV | 16% | S/ 160,00 |
| IPM | 2% | S/ 20,00 |
| Total impuestos | 18% | S/ 180,00 |
| Precio total | S/ 1.180,00 | |
Calculadora de IGV en Peru: agrega o quita el 18%
El Impuesto General a las Ventas (IGV) es el principal impuesto al consumo en Peru, con una tasa del 18% compuesta por el 16% del IGV propiamente dicho y el 2% del Impuesto de Promocion Municipal (IPM). Se aplica a la venta de bienes, prestacion de servicios, contratos de construccion, primera venta de inmuebles e importaciones.
Para agregar IGV a un monto base, se multiplica por 1.18. Para extraer el IGV de un precio que ya lo incluye, se divide entre 1.18 para obtener la base imponible, y la diferencia es el IGV. Esta calculadora permite hacer ambas operaciones de forma rapida y precisa.
Estan exonerados del IGV algunos alimentos basicos, servicios educativos, transporte publico de pasajeros y seguros de vida, entre otros. Las exportaciones de bienes y servicios estan inafectas (tasa 0%). La diferencia entre exonerado e inafecto es importante para el credito fiscal del IGV.
Preguntas frecuentes
¿Que es el IGV en Peru?
El Impuesto General a las Ventas (IGV) es el impuesto al consumo en Peru. Tiene una tasa total del 18%, compuesta por 16% de IGV propiamente dicho y 2% de Impuesto de Promocion Municipal (IPM).
¿Como se calcula el IGV?
Para agregar IGV: monto x 1.18. Para extraer el IGV de un precio con impuesto: precio / 1.18 = base, y precio - base = IGV. La base imponible es el valor sin impuesto.
¿Que productos estan exonerados del IGV?
Estan exonerados algunos alimentos basicos (arroz, leche, pan), servicios de educacion, transporte publico de pasajeros, seguros de vida y otros establecidos en el Apendice I y II de la Ley del IGV.
¿Cual es la diferencia entre exonerado e inafecto?
Lo exonerado esta gravado por ley pero temporalmente liberado del pago. Lo inafecto esta fuera del ambito de aplicacion del IGV por su naturaleza (como exportaciones o servicios prestados al exterior).