Como calcular la retencion en la fuente en Colombia: guia completa 2026

10 min de lectura

Aprende a calcular la retencion en la fuente en Colombia paso a paso. Valor UVT 2025, tablas de retencion por concepto, tarifas para salarios, servicios y arrendamientos. Guia con ejemplos reales.

Que es la retencion en la fuente y como funciona en Colombia

La retencion en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos en Colombia, regulado principalmente por el Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). No es un impuesto en si mismo, sino una forma de cobrar gradualmente impuestos como el impuesto de renta, IVA, ICA y otros, en el momento en que ocurre la transaccion economica.

El funcionamiento es sencillo: cuando una persona o empresa (agente retenedor) realiza un pago a otra persona o empresa, descuenta un porcentaje del pago y lo traslada directamente a la DIAN (Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales). Ese porcentaje retenido se convierte en un anticipo del impuesto de renta del beneficiario del pago.

En la practica, si eres un trabajador asalariado, tu empleador actua como agente retenedor y descuenta la retencion de tu nomina cada mes. Si eres un contratista independiente, la empresa que te contrata retiene un porcentaje al momento de pagarte. Al final del ano fiscal, cuando presentas tu declaracion de renta, el total retenido se descuenta del impuesto a pagar.

La retencion en la fuente busca dos objetivos principales: asegurar un flujo constante de ingresos para el Estado y facilitar el recaudo distribuyendo la carga tributaria a lo largo del ano. Puedes calcular tu retencion automaticamente con nuestra calculadora de retencion en la fuente.

UVT 2025: valor y como se usa en el calculo de retenciones

La UVT (Unidad de Valor Tributario) es la medida de referencia utilizada en Colombia para expresar los valores tributarios en terminos que se ajustan automaticamente con la inflacion. En lugar de fijar montos en pesos, la ley define umbrales y tarifas en UVT, y cada ano la DIAN actualiza su valor.

Valor de la UVT para 2025: $49.799

Este valor fue fijado por la Resolucion 000187 de 2024 de la DIAN y aplica para todo el ano gravable 2025. Significa que cuando una norma dice "a partir de 27 UVT", el umbral en pesos es:

27 UVT x $49.799 = $1.344.573

Como se aplica la UVT en retenciones:

  • Base minima de retencion: Cada concepto (salarios, servicios, compras, etc.) tiene una base minima expresada en UVT. Si el pago no alcanza esa base, no se practica retencion
  • Rangos de tarifas: Para salarios, la tabla del articulo 383 del Estatuto Tributario define rangos en UVT para determinar la tarifa marginal
  • Deducciones: Muchas deducciones (medicina prepagada, dependientes, intereses de vivienda) tambien se expresan en UVT

Historico de la UVT:

AnoValor UVTVariacion
2023$42.412+11,59%
2024$47.065+10,98%
2025$49.799+5,81%

Es fundamental conocer el valor vigente de la UVT para hacer cualquier calculo tributario en Colombia. Todos los umbrales y tarifas que mencionamos en esta guia usan el valor 2025 de $49.799.

Tablas de retencion en la fuente por concepto 2025

La retencion en la fuente tiene tarifas distintas dependiendo del concepto del pago. A continuacion, las principales tablas vigentes para 2025:

Retencion por servicios generales:

ConceptoBase minima (UVT)Base minima ($)Tarifa
Servicios generales - persona juridica4 UVT$199.1964%
Servicios generales - persona natural (declarante)4 UVT$199.1964%
Servicios generales - persona natural (no declarante)4 UVT$199.1966%

Retencion por honorarios y comisiones:

ConceptoBase minima (UVT)Base minima ($)Tarifa
Honorarios - persona juridica0 UVT$011%
Honorarios - persona natural (declarante)0 UVT$011%
Honorarios - persona natural (no declarante)0 UVT$010%
Comisiones0 UVT$011%

Retencion por compras:

ConceptoBase minima (UVT)Base minima ($)Tarifa
Compras generales - persona juridica27 UVT$1.344.5732,5%
Compras generales - persona natural (declarante)27 UVT$1.344.5732,5%
Compras generales - persona natural (no declarante)27 UVT$1.344.5733,5%

Retencion por arrendamientos:

ConceptoBase minima (UVT)Base minima ($)Tarifa
Arrendamiento de bienes muebles0 UVT$04%
Arrendamiento de bienes inmuebles - persona juridica27 UVT$1.344.5733,5%
Arrendamiento de bienes inmuebles - persona natural (declarante)27 UVT$1.344.5733,5%
Arrendamiento de bienes inmuebles - persona natural (no declarante)27 UVT$1.344.5734%

Estas tarifas se aplican sobre el valor antes de IVA. Es importante verificar siempre si el beneficiario del pago es declarante de renta o no, ya que las tarifas varian. Para un calculo rapido, usa nuestra calculadora de retencion en la fuente.

Retencion en la fuente sobre salarios: tabla del articulo 383 ET

La retencion en la fuente sobre salarios tiene un tratamiento especial y mas complejo que otros conceptos. Se calcula mediante el procedimiento 1 o procedimiento 2 del Estatuto Tributario, y aplica la tabla progresiva del articulo 383.

Procedimiento 1 (articulo 385 ET):

Se aplica mes a mes. El empleador calcula la retencion tomando el ingreso mensual del trabajador, restando las deducciones permitidas, y aplicando la tabla del articulo 383. Es el metodo mas comun.

Procedimiento 2 (articulo 386 ET):

Se basa en un porcentaje fijo calculado en junio y diciembre de cada ano con base en los ingresos de los 12 meses anteriores. Este porcentaje se aplica durante los siguientes 6 meses. Genera retenciones mas estables pero puede resultar en subretenciones o sobrerretenciones.

Tabla del articulo 383 ET (marginal, en UVT):

Rango en UVT (ingreso laboral gravado)Tarifa marginalInstruccion
Hasta 95 UVT ($4.730.905)0%$0
De 95 a 150 UVT ($4.730.905 a $7.469.850)19%(Base gravable en UVT - 95) x 19%
De 150 a 360 UVT ($7.469.850 a $17.927.640)28%(Base gravable en UVT - 150) x 28% + 10,45 UVT
De 360 a 640 UVT ($17.927.640 a $31.871.360)33%(Base gravable en UVT - 360) x 33% + 69,25 UVT
De 640 a 945 UVT ($31.871.360 a $47.060.055)35%(Base gravable en UVT - 640) x 35% + 161,65 UVT
De 945 a 2300 UVT ($47.060.055 a $114.537.700)37%(Base gravable en UVT - 945) x 37% + 268,40 UVT
Mas de 2300 UVT (mas de $114.537.700)39%(Base gravable en UVT - 2300) x 39% + 769,75 UVT

Deducciones permitidas antes de aplicar la tabla:

  • Aportes obligatorios a salud: 4% del salario
  • Aportes obligatorios a pension: 4% del salario
  • Fondo de solidaridad pensional: 1% si el salario supera 4 SMLMV
  • Dependientes: Hasta 10% del ingreso bruto (maximo 32 UVT mensuales)
  • Medicina prepagada: Hasta 16 UVT mensuales
  • Intereses de vivienda: Hasta 100 UVT mensuales
  • Renta exenta del 25%: Sobre el ingreso gravable (articulo 206 numeral 10 ET)

El calculo es complejo, por lo que recomendamos usar nuestra calculadora de retencion en la fuente que aplica automaticamente la tabla y las deducciones.

Ejemplo practico: calculo de retencion en la fuente sobre salario

Veamos un ejemplo completo del calculo de retencion en la fuente para un empleado asalariado usando el Procedimiento 1:

Datos del caso:

  • Salario mensual: $8.000.000
  • Aportes obligatorios a salud (4%): $320.000
  • Aportes obligatorios a pension (4%): $320.000
  • Fondo de solidaridad pensional (1%): $80.000
  • Medicina prepagada: $350.000 mensuales
  • Dependientes: 1 hijo (10% del ingreso, maximo 32 UVT)

Paso 1: Calcular ingreso neto

  • Ingreso bruto: $8.000.000
  • (-) Aportes salud: $320.000
  • (-) Aportes pension: $320.000
  • (-) Fondo solidaridad: $80.000
  • = Ingreso neto: $7.280.000

Paso 2: Restar deducciones

  • (-) Dependientes: $800.000 (10% de $8.000.000, pero limitado a 32 UVT = $1.593.568, aplica el menor)
  • (-) Medicina prepagada: $350.000 (limitado a 16 UVT = $796.784, aplica el menor)
  • = Subtotal: $6.130.000

Paso 3: Aplicar renta exenta del 25%

  • Renta exenta: $6.130.000 x 25% = $1.532.500 (limitada a 240 UVT = $11.951.760 mensuales)
  • = Base gravable: $6.130.000 - $1.532.500 = $4.597.500

Paso 4: Convertir a UVT y aplicar tabla

  • Base gravable en UVT: $4.597.500 / $49.799 = 92,32 UVT
  • Como 92,32 UVT es menor que 95 UVT, la tarifa es 0%
  • Retencion en la fuente: $0

En este ejemplo, el trabajador no tiene retencion en la fuente gracias a las deducciones. Si el salario fuera de $12.000.000, la base gravable superaria los 95 UVT y si se aplicaria retencion. Para verificar rapidamente tu caso, usa nuestra calculadora de nomina Colombia.

Como declarar y descontar la retencion en la fuente

La retencion en la fuente que te practican durante el ano se convierte en un anticipo de tu impuesto de renta. Al momento de presentar tu declaracion de renta anual, puedes descontar el total de las retenciones que te fueron practicadas.

Si eres agente retenedor (empresa o persona que retiene):

  • Debes declarar y pagar las retenciones practicadas mensualmente mediante la declaracion de retencion en la fuente (formulario 350)
  • El plazo de presentacion depende del ultimo digito de tu NIT (generalmente entre el 8 y el 21 del mes siguiente)
  • Si no presentas la declaracion a tiempo, se generan sanciones e intereses de mora
  • Debes expedir certificados de retencion a los beneficiarios de los pagos antes del 31 de marzo del ano siguiente

Si eres el sujeto de retencion (a quien le retienen):

  • Conserva los certificados de retencion que te expidan tus pagadores
  • Si eres asalariado, tu certificado de ingresos y retenciones lo expide tu empleador
  • Al declarar renta, suma todas las retenciones y desceuntalas del impuesto a cargo
  • Si el total de retenciones supera el impuesto a cargo, tienes un saldo a favor que puedes solicitar en devolucion o compensar contra futuros impuestos

Declaracion de renta en Colombia - Plazos 2025 (ano gravable 2024):

  • Personas naturales: entre agosto y octubre de 2025 (segun ultimos digitos del NIT)
  • Personas juridicas: entre abril y mayo de 2025

Para conocer tu obligacion de declarar renta, revisa si tus ingresos brutos superaron 1.400 UVT ($69.718.600 en 2025) o si tu patrimonio bruto supero 4.500 UVT ($224.095.500). Usa nuestra calculadora de liquidacion Colombia para estimar tus prestaciones sociales.

Errores comunes y preguntas frecuentes sobre retencion en la fuente

Conocer los errores mas frecuentes te ayudara a evitar problemas con la DIAN:

Error 1: No verificar si el beneficiario es declarante de renta

Las tarifas de retencion varian significativamente entre declarantes y no declarantes. Por ejemplo, en servicios generales la tarifa es 4% para declarantes y 6% para no declarantes. Aplicar la tarifa incorrecta puede generar sanciones tanto para el agente retenedor como para el beneficiario.

Error 2: Retener sobre el valor con IVA incluido

La retencion en la fuente por concepto de renta se practica sobre el valor antes de IVA. Es un error comun calcularla sobre el valor total de la factura incluyendo el impuesto. Sin embargo, la retencion de IVA (reteIVA) si se calcula sobre el valor del IVA.

Error 3: No practicar retencion cuando se debe

Todo agente retenedor esta obligado a practicar la retencion cuando el pago supera la base minima. No hacerlo genera una sancion equivalente al 100% del valor no retenido, mas intereses de mora.

Error 4: Confundir retencion en la fuente con autorretenciones

Las autorretenciones son un mecanismo diferente donde el propio contribuyente se practica la retencion. Aplican principalmente para grandes contribuyentes y para la autorretencion especial de renta (CREE) que fue sustituida por la autorretencion del articulo 1.2.6.6 del DUR 1625 de 2016.

Error 5: No considerar la totalidad de deducciones en salarios

Muchos empleadores calculan la retencion sobre salarios sin considerar todas las deducciones permitidas (dependientes, medicina prepagada, intereses de vivienda, aportes voluntarios a pensiones y AFC). Esto genera una sobreretencion que el trabajador solo puede recuperar en su declaracion de renta anual.

Si tienes dudas sobre tu retencion, compara el calculo de tu empleador con nuestra calculadora de retencion en la fuente para verificar que se esten aplicando correctamente todas las deducciones.

Prueba esta herramienta:

Abrir herramienta

Preguntas frecuentes

Cual es el valor de la UVT en 2025?

El valor de la UVT para el ano 2025 es de $49.799, fijado por la Resolucion 000187 de 2024 de la DIAN. Este valor se usa para calcular todos los umbrales y tarifas tributarias, incluyendo las bases minimas de retencion en la fuente.

A partir de que monto se practica retencion en la fuente por servicios?

La retencion en la fuente por servicios generales se practica cuando el pago supera 4 UVT, es decir, $199.196 en 2025. La tarifa es del 4% para personas declarantes de renta y del 6% para no declarantes. Para honorarios no hay base minima, se retiene desde el primer peso.

Que pasa si me retienen de mas durante el ano?

Si el total de retenciones que te practicaron durante el ano supera el impuesto de renta que debes pagar segun tu declaracion, tienes un saldo a favor. Puedes solicitar la devolucion ante la DIAN o compensarlo contra impuestos futuros. El tramite de devolucion puede tardar varios meses.

Los honorarios tienen retencion en la fuente?

Si. Los honorarios tienen una tarifa de retencion del 11% para personas declarantes de renta y del 10% para no declarantes. No hay base minima, es decir, se retiene desde el primer peso. Si el profesional presenta la declaracion de costos y gastos al pagador, la tarifa puede reducirse al 10% y 6% respectivamente.

Quien esta obligado a practicar retencion en la fuente?

Son agentes de retencion: las personas juridicas, las personas naturales que sean comerciantes y que tengan ingresos brutos del ano anterior superiores a 30.000 UVT, las entidades de derecho publico, los fondos de inversion, y las demas que la ley designe. Si eres agente retenedor, debes practicar la retencion y declararla mensualmente.

La retencion en la fuente sobre salarios se puede reducir?

Si. Puedes reducir tu retencion presentando a tu empleador los soportes de tus deducciones: certificado de dependientes, recibos de medicina prepagada, certificado de intereses de credito hipotecario, y aportes voluntarios a pension y AFC. Entre mas deducciones presentes, menor sera tu base gravable y por tanto menor la retencion.